El Consejo de Ministros aprobó la modificación del Real Decreto que regula el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en lo relativo a las prestaciones para las personas con grados II y III (dependencia severa y gran dependencia), dado que ya estaban reguladas para el grado I (dependencia moderada).
El Ejecutivo recordó que los criterios para determinar estos servicios de atención para las personas con grados II y III fueron aprobados por el Consejo Territorial de Dependencia y Servicios Sociales en julio de 2014. Se trata de servicios que las comunidades autónomas ya venían prestando, pero este real decreto regula y unifica los tipos de prestaciones y las intensidades.
En concreto, regula y define los servicios de habilitación y terapia ocupacional; atención temprana; estimulación cognitiva; promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional; habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual y apoyos personales, atención y cuidados en alojamientos de soporte a la inclusión comunitaria.
Además, en cuanto a la intensidad de los servicios, se establece un mínimo de 12 horas mensuales de atención o su equivalente en sesiones para los grados I y II; y ocho horas para el grado III, "sin perjuicio de lo previsto específicamente para la atención temprana y los servicios de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional", especifica el Gobierno.
Asimismo, para la atención temprana se fija para todos los grados un mínimo de seis horas mensuales de atención o su equivalente en sesiones; y para los servicios de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional la intensidad prevista es de un mínimo de 15 horas mensuales o su equivalente en sesiones para el grado I; 12 horas para el grado II; y ocho horas para el grado III.
Las intensidades del servicio de atención temprana y del servicio de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional podrán ser complementarias de otras previstas por los diferentes servicios establecidos por las comunidades autónomas para esta atención.
LA RESPUESTA DEL MOVIMIENTO ASOCIATIVO
El presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), Luis Cayo Pérez Bueno, celebró este viernes que el Consejo de Ministros haya aprobado la modificación de un real decreto por el que regula las prestaciones para todas las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
El real decreto del 27 de diciembre de 2013 ya regulaba el servicio de promoción de la autonomía personal para las personas de grado I (dependencia moderada) y el Consejo de Ministros lo ha ampliado ahora a las de grado II (dependencia severa) y grado III (gran dependencia).
En declaraciones a Servimedia, Pérez Bueno señaló que este acuerdo "era esperado", con lo que la prestación del servicio de promoción de la autonomía personal "se amplía a todos los grados de dependencia" y elimina "una restricción que no estaba justificada".
"La promoción de la autonomía personal por definición ha de estar disponible para todos los grados de dependencia. Se corrige una anomalía que no tenía sentido mejorando así un aspecto muy descuidado del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, pues, más que a promover la autonomía personal, hasta ahora se ha limitado a atender y mal la dependencia pasiva", concluyó.